Resolución de la Secretaría Industria 811/2021

Obtención del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) en los términos del Decreto Nº 1.330 de 2004
El secretario de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa resuelve que, para obtener Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) en los términos del Decreto N° 1.330 2004 y sus modificatorios, se deberá presentar una solicitud a través de la plataforma web de Trámites a Distancia (TAD) en los términos que se indica en la presente resolución. El usuario generará la Declaración Jurada de Relación insumo-producto, conforme Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.