‘A’ 7101

El Banco Central dispone que, para la determinación de la posición de contado prevista en el punto 2.2.2. de las normas sobre ‘Posición global neta de moneda extranjera’, deberá deducirse el importe de las prefinanciaciones de exportaciones cuyo fondeo en moneda extranjera, por ese mismo importe, se impute a pasivos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera –los que no podrán computarse en la exclusión prevista en el inciso b) del citado punto: ‘la posición neta de instrumentos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera‘–.