‘A’ 6882

El BCRA modifica el punto 7.1.1.3. de la sección sobre ‘Cobros de exportaciones de bienes’. En particular, se resolvió que los exportadores que realizaron operaciones con contrapartes vinculadas (en las cuales el importador sea una sociedad controlada por el exportador argentino), podrán solicitar a sus respectivas entidades de seguimiento una extensión del plazo de ingreso hasta 120 días corridos. Aplicará en los casos en que hayan registrado exportaciones superiores a US$ 50.000.000 y los bienes correspondan a las posiciones detalladas en la presente.