Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 782

En diciembre pasado, a través de la Resolución General CNV 777, se dispuso que los estados financieros sean presentados en moneda homogénea a partir del cierre al 31/12/18. Tras ello, se recibieron presentaciones por medio de las cuales se solicitó un plazo adicional para cumplir con la presentación de los estados financieros para los períodos contables intermedios que finalicen el 31/12/2018, debido a la complejidad que implica la implementación del ajuste por inflación de los estados financieros. En función de ello, por la presente, y con carácter excepcional, se prorroga hasta el 6/3/19 el plazo de presentación de los estados financieros correspondientes a los períodos intermedios cerrados al 31/12/18. Vale aclarar que esta medida no resulta aplicable a los sujetos comprendidos en los artículos 2º y 3° de la Sección I (Disposiciones generales) del Capítulo I del Título IV (Régimen Informativo Periódico) de estas Normas de la CNV, es decir, a las entidades emisoras incluidas en la Ley de Entidades Financieras y las compañías de seguros (art. 2°) y las cooperativas y las asociaciones mutuales (art. 1°).