Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1166

Modificación del Título XI de las normas
La Comisión Nacional de Valores dispone que la transferencia será el único medio de pago habilitado para la recepción y entrega de fondos de y hacia los clientes en el mercado de capitales  en los términos y condiciones definidos, con el objetivo de asegurar la disponibilidad inmediata, mejorar la trazabilidad y fortalecer los mecanismos de control y prevención.