Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 1160

Mod. Capítulo III del Título V de las Normas.
La CNV modifica el régimen aplicable a los Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC) y establece que aquellos que reúnan las condiciones previstas deberán tramitar sus emisiones bajo el régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado, sin posibilidad de optar por el procedimiento de autorización previa. Asimismo, extiende este esquema a las emisiones de nuevos tramos, la capitalización de utilidades y determinadas modificaciones de la documentación del fondo.

La resolución mantiene las facultades de supervisión y control de la CNV, incorpora nuevas exigencias de transparencia e información para los inversores y busca agilizar el acceso al mercado de capitales mediante la simplificación de los procesos de autorización.