Resolución del Ministerio de Economía 1276/2026

Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Pautas generales de inversiónEl Ministerio de Economía establece las pautas generales de inversión aplicables a los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL).En este sentido, dispone que los recursos del FAL deberán invertirse con el objeto de preservar el valor de los aportes efectuados por los empleadores y asegurar la disponibilidad de fondos para el cumplimiento de las prestaciones previstas.Los recursos del FAL sólo podrán invertirse en:a) Valores negociables representativos de deuda emitidos por el Estado Nacional;b) Valores negociables representativos de deuda emitidos por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;c) Depósitos constituidos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA);d) Obligaciones negociables emitidas en la República Argentina por emisores privados.Se aclara que la CNV dictará las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación de la medida, y que las Entidades Habilitadas deberán mantener en forma permanente sus inversiones en cumplimiento de los límites y condiciones establecidos en la presente resolución y en la normativa que dicte la CNV.