Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social 1038/2026

Mutuales autorizadas a prestar el servicio de ayuda económica mutual con fondos provenientes del ahorro de sus asociados. Intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales
En el marco del compromiso que ha asumido la República Argentina a través de la suscripción a la ‘Declaración sobre Intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales‘, el INAES dispone que las entidades deberán arbitrar las medidas necesarias para identificar a los asociados y sus beneficiarios alcanzados por dicho estándar.
A los fines de la aplicación de lo dispuesto, se entenderá por entidades alcanzadas a las mutuales autorizadas por la autoridad de aplicación a prestar el servicio de ayuda económica mutual con fondos provenientes del ahorro de sus asociados, sujetas al régimen de la Ley Nº 20.321 y sus modificatorias, y reglamentaciones emanadas de la autoridad de aplicación.