Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación 1046

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) actualiza la fórmula para el cálculo de la capacidad de retención de riesgos que deben aplicar aseguradoras y reaseguradoras a fin de que éste contemple parámetros que reflejen de manera más precisa la solvencia de la entidad aseguradora. En esa línea, se dispone que se utilizará exclusivamente el capital computable conjuntamente con la situación financiera y se establece un esquema de adecuación gradual que debe ser cumplimentado en etapas, que comienzan en junio/19 y finalizan en junio/21.  A las entidades que no cumplimenten los parámetros dispuestos en materia de retenciones, tienen la obligación de remitir una Declaración Jurada suscripta por el presidente de la entidad, informando los recaudos y el plan de acción a adoptar a fin de ajustarse a lo establecido en materia de retenciones. La mencionada presentación se realizará dentro de los 15 días de la presentación de Estados Contables.