El extraño caso de los QR no-interoperables

El extraño caso de los QR no-interoperables

En Argentina cuando un consumidor usa una tarjeta de débito o crédito en un comercio, puede pagar la compra, sin preocuparse quien le proveyó al comercio el “aparatito” (el POS) que lee la tarjeta. Todas las tarjetas pueden ser utilizadas en todos los comercios adheridos. Eso es lo que se denomina interoperabilidad full. Este esquema abierto e interoperable fomenta la competencia y potencia el ecosistema de pagos.

La situación es totalmente diferente cuando los pagos, en lugar de hacerse con tarjeta, se inician a través de un código QR. El consumidor, sólo podrá pagar con tarjetas de crédito o débito en la medida que sea cliente de la billetera o institución que provee el QR. Si no es usuario de esa billetera, solo podrá pagar con transferencia o efectivo. Los QR no son interoperables.

Lo que esto genera es que un comercio -que para aceptar tarjetas físicas tiene un proveedor que le permite satisfacer sus necesidades- que quiere cobrar con los QR se ve en la obligación de contratar tantos servicios como billeteras tengan sus clientes, generando mayores costos para el comercio (que traslada a precio) y complejidad para la operación, tanto para el comercio como para el cliente.

Limitación de la competencia en segmento de pago QR.

¿Por qué se da esta restricción a la libertad de elección del consumidor cuando se paga con código QR? Porque algunos proveedores de QR, aprovechando su posición dominante en ese mercado, “cierran” sus sistemas para los consumidores que no sean sus clientes. Esa es una actitud anticompetitiva que -sorprendentemente y solo para el segmento del QR- tolera la normativa del BCRA.

Esta situación es más grave si se tiene en cuenta que existe una alta concentración en cuanto a empresas que proveen los QR a los comercios (adquirentes). Si bien no hay datos oficiales, se estima que el mayor proveedor de QR concentra el 70% del total. Con ese poder de mercado, y aprovechando una carencia de la regulación, impone las condiciones sobre los tenedores de tarjetas de crédito y débito: para operar con el código QR de un comercio, primero deben hacerse clientes de su billetera. Esto va a contramano de las buenas prácticas y tendencias mundiales, que promueven la interoperabilidad de los medios de pago. En cuanto a la política del BCRA sobre medios de pago, la interoperabilidad es la regla, con la extraña excepción en QR.

Por otro lado, quien tenga una posición dominante en el mercado podría imponer condiciones comerciales que no sean beneficiosas para los comercios, utilizando -a su conveniencia- figuras de agregador de pago o adquirente. Esto le permite demorar los plazos de pago a los comercios, entre otras cosas.

Origen del poder de mercado en el segmento QR

Otra pregunta relevante es, cómo llegó el principal proveedor de QR a tener tal participación del mercado que hoy le da un poder cuasi monopólico en el segmento. A riesgo de simplificar, se pueden identificar dos factores principales: por un lado, el mérito de la empresa, que ofreció un producto innovador y de calidad para cobro a los comercios antes que el resto. Por el otro lado, las numerosas ventajas impositivas y regulatorias que las autoridades le otorgaron inicialmente a las Bigtechs y Fintech para pagos con QR.

Hacia el 2016 ya había un consenso internacional de cuál era el enfoque regulatorio correcto para las Fintech y Bigtech que se podría resumir en: “a igual servicio igual regulación, sin importar quién es el proveedor”. Por esa época, el BCRA impulsó varios cambios positivos para la modernización y mayor eficiencia de los medios de pagos: se crearon las CVU para las billeteras digitales y se las hizo interoperables con las CBU, se les permitió a los bancos abrir cuentas no presenciales (“on boarding digital”), se creó el e-cheq entre otras innovaciones positivas. Sin embargo, no tomó el recaudo de mantener condiciones de competencia en igualdad de condiciones en el ecosistema de medios de pago.

En esa época, el BCRA tomó una dirección contraria a las recomendaciones internacionales en cuanto al enfoque regulatorio de los medios de pagos: promovió y generó asimetrías regulatorias e impositivas entre bancos y Fintech “inclinando la cancha” y favoreciendo principalmente a las Bigtech. Había dos grupos de proveedores de servicios de pagos, uno estaba regulado (los bancos) y otros estaban explícitamente fuera de la regulación y, además, contaban con ventajas impositivas. Las ventajas con las que contaban, especialmente las Bigtechs, eran sustanciales. Los funcionarios del BCRA explicaron este enfoque como la “teoría de los tomates”, dejar que las “startups” crezcan y luego si fuera necesario se las regularía. Sin embargo, el BCRA dio a Bigtechs el tratamiento de una startup. La consecuencia fue la ostentación y el ejercicio del poder cuasi monopólico que se observa actualmente en el mercado de QR. Este resultado era el esperado, es lo que predice la literatura frente a regulaciones que generan asimetrías, como las promovidas por el BCRA.

Poder de mercado e incumplimiento de la norma del BCRA

Si bien la normativa del BCRA -inexplicablemente- no exige que los QR sean full interoperables con las tarjetas de crédito y débito, sí exigen que sean interoperables en relación a los saldos en cuenta. Es decir, que es obligatorio para cualquier proveedor de QR, que el mismo pueda ser leído por cualquier billetera, para pagar con el dinero depositado en las cuentas bancarias o de PSP.  Sin embargo, en la práctica dicha norma no se cumple para un gran número de casos.

Los datos preliminares de una auditoria privada, muestran que casi el 40% de los QR no son interoperables, es decir que no se pueden leer con otras billeteras o apps que no sea la del proveedor del QR. Esto es una clara violación al marco regulatorio del BCRA.

La interoperabilidad requiere regular a los diferentes actores

Si quién provee la tecnología de pagos también es un actor en otras etapas de la misma cadena de pagos, puede generar comportamientos que limiten el acceso de otros jugadores y competencia. Es equivalente a que si una fábrica de autos se hiciera cargo de la gestión de autopistas y solo dejara transitar a los autos de su marca. La forma correcta de regular este tipo de mercados es lograr que por la autopista pasen todos los autos, sin peajes diferenciales por marca. Una forma de regularlo puede ser que el que tiene la concesión de la autopista no pueda vender autos (el que provee los POS o el que provee los QR no pueda tener billeteras) y la otra es que el que tenga la concesión de la autopista esté obligado a un trato igualitario para sus competidores (interoperabilidad).

Eso no quiere decir que la interoperabilidad no reconozca a quién consiguió que miles de comercios hoy operen con QR. De hecho, la regulación les asigna (y debe hacerlo) un reconocimiento en la tarifa del sistema para quién adhirió al comercio (como otra parte para el emisor de la tarjeta, para las marcas y para cada uno de los actores relevantes). Es decir, el que más QR tiene, más cobra por eso.

El foco en el consumidor

La regulación de la interoperabilidad no debe buscar favorecer a uno u otro proveedor de servicios, sino que debe buscar que los consumidores tengan una forma de pago simple, para alentar el uso de los pagos digitales, y que también tengan la mayor cantidad de opciones posibles, para que nadie pueda cobrarle de más. Detrás de un poder monopólico hay tarifas más caras. Una vez que un jugador logró eliminar o reducir a niveles mínimos a la competencia, puede cobrar más que en un mercado competitivo. Un consumidor con muchas opciones puede elegir al mejor o al más barato o a una combinación de ambas.

También los comercios se beneficiarían por la interoperabilidad, ya que una mayor cantidad de empresas se acercarían a ofrecerles operar con sus QR y bastaría con un único QR exhibido en el comercio para que todas las billeteras puedan comprar y todos los consumidores puedan usar cualquier medio de pago.

Hacia la competencia: interoperabilidad de los QR

Dada las condiciones iniciales, es previsible que la provisión de QR a los comercios (lo que se denomina adquirencia) siga estando concentrado y con capacidad de limitar la competencia. Sin embargo, el BCRA tiene la llave y está a tiempo para que el mercado sea competitivo. Una simple modificación normativa que establezca que los QR deben ser interoperables con todas las billeteras y app bancarias, daría competencia y transparencia a los pagos digitales.

Esto permitiría que los consumidores pueden elegir con que tarjeta pagar en cualquier comercio que tenga QR, sin estar obligado a ser socio de una determinada billetera. Sería un gran impulso a la competencia y desarrollo del mercado de pagos y un avance en la lucha contra el uso del dinero en efectivo.

También es posible que a la Secretaría de Comercio le quepa un rol en esta cuestión, teniendo en cuenta que está bajo su órbita la protección del consumidor y defensa de la competencia. Ambos bienes jurídicos están afectados por las prácticas anticompetitivas previamente mencionadas.

La interoperabilidad que el BCRA debería exigir en el ámbito de los códigos QR para tarjetas es la misma que ya exigen para las transferencias o pagos entre cuentas (incluyendo CBU y CVU). Es difícil encontrar una razón genuina y valedera para no hacerlo.