‘A’ 7062

El Banco Central da a conocer las hojas que corresponde incorporar en las normas de depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales en función de las disposiciones difundidas mediante el punto 1 de la Comunicación ‘A’ 7020, el cual estableció que los bancos comerciales de primer grado que habilitan a sus clientes a operar con cajeros automático deberán prestar el servicio de pago de haberes y demás prestaciones de la seguridad social.