‘A’ 6669

El BCRA actualiza el texto ordenado de las normas sobre ‘Sistema Nacional de Pagos. Plataforma de pagos móviles (PPM)’ en línea con las disposiciones vigentes dadas a conocer a través de las Comunicaciones ‘A’ 5982 (que dispuso nuevas medidas en relación a las transferencias inmediatas de fondos, incluyendo la habilitación de nuevos canales), ‘A’ 6043, ‘A’ 6255 (que eliminó el punto que establecía que las acreditaciones en las cuentas de los receptores que se cursen por el canal Plataforma de Pagos Móviles (PPM) en concepto del pago por las ventas de bienes y servicios serán sin costo hasta el límite allí fijado) y ‘A’ 6269 (que estableció que únicamente la entidad financiera receptora de la transferencia podrá aplicar cargos y/o comisiones sobre operaciones a través de la Plataforma de Pagos Móviles).  Asimismo, la presente incorpora, en las citadas normas, el punto 3.4., sobre la Información a brindar al cliente titular de la cuenta debitada, y se establece que, con vigencia a partir del 01/07/19, para cada operación que se curse a través de los canales habilitados las entidades deberán incluir la descripción ‘Pago PEI’ o ‘Compra PEI’, según corresponda, seguido del nombre del titular de la cuenta a acreditar y, en el caso de las devoluciones que se practiquen, la descripción ‘Devolución PEI’ seguido del nombre del titular de la cuenta acreditada oportunamente.