Ley 27617

A partir de hoy, ya son oficiales las modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias.  Las  novedades que se destacan son: – Se incrementa el piso mínimo a partir del cual se empieza a pagar el tributo.- Alcanzará a las personas con salarios superiores a $150.000 brutos o jubilaciones por encima de 8 haberes mínimos.- Se excluye del cálculo el pago del sueldo anual complementario.- Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta el mes de septiembre.- Se elimina el tope de edad para deducir a los y las hijas por discapacidad.- Se permite la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. La presente ley tendrá efectos a partir del período fiscal iniciado el 1° de enero de 2021, inclusive.