Resolución General de la Inspección General de Justicia 15/2021

Modifíquese el artículo 76 del Anexo ‘A’ de la Resolución General Nº 7/2015.
La IGJ actualiza el monto mínimo de la garantía que deben prestar los directores de sociedades anónimas y gerentes de sociedades de responsabilidad limitada (artículos 256 y 157, Ley N° 19.550), de modo que en ningún caso podrá ser inferior – en forma individual- a $ 300.000. ni superior a pesos un millón $ 1.000.000.- , por cada director o gerente. Esta disposición entrará en vigencia a partir de los 15 días de su publicación y se aplicará a los trámites que a partir de dicha fecha ingresen en el Registro Público.