Resolución General de la Inspección General de Justicia 12/202

Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Medidas transitorias.
De forma transitoria, el Inspector General de Justicia dispone que la inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) se realizará únicamente mediante documentación auténtica bajo las modalidades previstas en el inciso a) del artículo 7º del Anexo A de la Resolución General IGJ N°6/2017.