La Comisión Nacional de Valores (CNV) introduce al texto de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) un régimen diferenciado de oferta pública aplicable a la emisión de Obligaciones Negociables que tengan como destino el financiamiento de proyectos con requisitos específicos de información vinculados a las características de la emisión, que contará con los beneficios que surgen de la Ley 23.576 (Ley de Obligaciones Negociables). Este régimen abarca proyectos de índole diversa, tanto públicos como privados, debiendo ser las Obligaciones Negociables emitidas por sociedades constituidas especialmente a los fines de llevar a cabo los mismos, donde la fuente de repago dependa exclusivamente del flujo de fondos generado por ellos. El régimen propuesto se encuadra conceptualmente en los instrumentos conocidos a nivel internacional como ‘Project Bonds’ o ‘Bonos de Proyecto’, que consisten en valores negociables estandarizados emitidos para financiar proyectos individuales, generalmente de infraestructura, los que pueden emitirse para ser ofrecidos en mercados de valores o colocarse de forma privada. Los mismos representan una fuente creciente de financiamiento a largo plazo para Proyectos de diversa índole, que se emiten exclusivamente para financiar dichos proyectos y dependen de un flujo de fondos determinado, mientras que los bonos corporativos soportan los riesgos crediticios de la entidad. Cabe destacar que se aplicó a la presente reglamentación el procedimiento de ‘Elaboración Participativa de Normas’ (Decreto 1172/2003) y que algunas de las propuestas y comentarios de diversos actores se incorporaron a la reglamentación. Según especifica la norma en sus fundamentos, la propuesta elaborada pretende generar con el mayor alcance posible, un ecosistema de negocios más atractivo para el inversor, que permita financiar proyectos de cualquier índole a través del Mercado de Capitales, mediante la emisión de Obligaciones Negociables, dentro de un régimen diferenciado de oferta pública.