Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 5385/2023 

Acuerdo de Complementación Económica Nº 18. Centésimo Décimo Tercer Protocolo Adicional. Decisión CMC Nº 33/15. Certificados Derivados. Su implementación.
AFIP implementa el uso del Certificado Derivado para las mercaderías originarias de los Estados Parte del MERCOSUR o de un tercer país con el que el MERCOSUR tenga un acuerdo comercial preferencial almacenadas en zonas francas comerciales, zonas francas industriales, zonas de procesamiento de exportaciones y áreas aduaneras especiales, el cual funcionará conforme los requisitos y procedimientos que se establecen en la presente. Los Certificados Derivados podrán ser aplicados a las declaraciones de egreso de la Zona Franca bajo el régimen de importación a consumo (ZFE1) o a las declaraciones de egreso de la Zona Franca al exterior (ZFTR o ZFRE).