Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4997/2021

Procedimiento. Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la Pandemia. Ley Nº 27.605. Régimen de Facilidades de Pago. Su implementación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos establece un nuevo régimen de facilidades de pago para la cancelación de las sumas adeudadas por los contribuyentes y responsables alcanzados por el aporte solidario y extraordinario establecido por la Ley N° 27.605 que no registren un plan de facilidades de pago presentado en los términos de la Resolución General N° 4.942.
Este régimen alcanza a las sumas adeudadas, conjuntamente con sus intereses y multas.  Para ello se implementan dos tipos de planes:
– Plan general: destinado a la regularización del saldo resultante de la declaración jurada conjuntamente con sus intereses, que no provengan de ajustes de fiscalización, los que deberán ser consignados en la pestaña ‘Validación de Deuda’ bajo el tipo de obligación ‘General’.
– Plan por ajustes de fiscalización: destinado a la regularización de las sumas adeudadas resultantes de la actividad fiscalizadora de la AFIP en concepto de capital e intereses.
La adhesión al presente régimen podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2021, inclusive. El servicio ‘Mis Facilidades’ para la presentación de los planes de facilidades de pago se encontrará disponible conforme se indica a continuación:
Plan general: desde el 1 de junio de 2021.Plan por ajustes de fiscalización: desde el 25 de junio de 2021.

Por último y para simplificar la lectura e interpretación de las normas atinentes a esta materia, consideran la utilización de notas aclaratorias con números de referencia, explicitadas en el Anexo.