Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4920/2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos establece los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los sujetos que revistan el carácter de acreedores de mutuos hipotecarios a efectos de acreditar el cumplimiento dado a sus obligaciones fiscales respecto de los indicados mutuos. Quedan exceptuadas las entidades comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones.