Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4737/2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos y el Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores establecen, con carácter de excepción, que los procesos previstos en los artículos 1°, 2° y 4° de la Resolución General Conjunta N° 4.642para la renovación automática de los ‘Certificados MiPyME’ de aquellas empresas cuyos cierres de ejercicios fiscales operaron en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, se efectuarán en el mes de junio de 2020. A tal efecto, la información correspondiente a los campos del Formulario N° 1272 denominado ‘PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios’ será puesta a disposición de las empresas desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, para su verificación hasta el día 20 de junio de 2020, inclusive.