Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4621/2019

En relación a los regímenes de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, aplicables a los pagos que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que se encuentren adheridos a sistemas de pago con tarjetas de crédito, compra y/o débito, recordemos que existe una caracterización denominada ‘Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II’ para aquellos contribuyentes asimilables a sujetos inscriptos en el ‘Registro de Empresas MiPyMES’. En ese marco, por la presente, se amplía el universo de Micro Empresas exceptuadas de los regímenes de retención en trato, incorporando a todas aquellas categorizadas como ‘Potenciales Micro Empresas’. Por otro lado, se introducen adecuaciones adicionales a dichos regímenes de retención, con el fin de facilitar su aplicación. Vale aclarar que la presente entrará en vigencia el 19/11/19.