Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4520/2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un régimen especial de emisión de comprobantes electrónicos originales que deberá ser cumplido por los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. Asimismo, se aclara que sólo podrán emitirse los comprobantes clase ‘A’ a través del equipamiento denominado ‘Controlador Fiscal’ de ‘Nueva Tecnología’, en lugar de comprobante electrónico, cuando se trate de operaciones cuyo importe neto gravado sea mayor a DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-). 
En consecuencia, se deja sin efecto el formulario de declaración jurada 8001, y el régimen de información de operaciones emitidas mediante controladores fiscales que estaban previstos para este tipo de operaciones.