La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementa la unificación de los vencimientos de los formularios relacionados con precios de transferencia y dispone que todos ellos vencerán en el octavo mes posterior al cierre del ejercicio fiscal. Además, se elevan los importes mínimos existentes para determinar la obligación de presentar declaraciones juradas y se elimina el uso del Formulario 969. Cabe señalar que las disposiciones relativas a la modificación de los importes a partir de los cuales resulta obligatorio informar los datos vinculados a sus operaciones de exportación e importación, a la presentación de la declaración jurada anual y a los vencimientos serán de aplicación para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 01/01/18, inclusive.