A fin de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplía nuevamente los plazos (hasta el 27/07/2018, dependiendo del último dígito del CUIT del contribuyente, de acuerdo con el detalle de la presente) para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta correspondientes al período fiscal 2017 y para la adhesión al plan de facilidades de pagoestablecido por la RG AFIP 4.057-E/2017, a fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales de dicho período fiscal.