Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social 3916/2018

Con el objeto de preservar el correcto funcionamiento del sistema cooperativo y mutual, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dispone la actualización de la Res INAES 1659/2016, por la que se establecieron causales para disponer medidas y acciones preventivas de abstención o suspensión de operatorias en la prestación del servicio de crédito en cooperativas, de ayuda económica en mutuales y de gestión de préstamos en aquellas entidades en las que se detecte la realización de operaciones riesgosas y/o poco transparentes que impliquen una desnaturalización de la figura jurídica adoptada. Asimismo, se actualiza el Anexo I de dicha resolución, en el que se dispuso un procedimiento sumarial abreviado para los casos en los que se detecten dichas situaciones, y se dispone, entre otros puntos, que en el acto administrativo en el que se disponga la suspensión o abstención de la operatoria de crédito, ayuda económica mutual, gestión de préstamos o trabajo, según se trate, se ordenará la apertura de un procedimiento sumarial abreviado. Los proyectos de resolución en los que se disponga la instrucción de sumario en dichos términos serán elaborados por la Gerencia de Registro y Legislación y en ellos se dejará constancia de que dicho proceso se realiza por incumplimiento de la norma correspondiente. Una vez dictado el acto administrativo, se remitirán las actuaciones a la Secretaría de Contralor a fin de designar al instructor sumariante.  El informe que concluya el sumario será conformado por la Gerencia de Intervenciones e Infracciones y se remitirá el expediente a la Gerencia de Registro y Legislación con el objeto que el servicio jurídico permanente tome la intervención contemplada.  Cabe destacar que la presente resolución comenzará a regir a partir del 26/12/18 y será aplicable a los expedientes en trámite en los que se dictó el acto administrativo pero que aún no se haya dado apertura al proceso sumarial.