En el marco de la adopción de los estándares internacionales financieros y de solvencia, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) actualiza el Reglamento General de la Actividad Aseguradora a efectos de adoptar los criterios de valuación relacionados con las tenencias de inversiones, que constituyen un activo principal, además de un importante avance dentro del mencionado proceso. Cabe señalar que la valuación a valor técnico de los Títulos Públicos Nacionales, Provinciales, y corporativos refleja las características del destino de mantener a vencimiento una inversión y se enmarca en el mencionado proceso de adopción de estándares internacionales. A tal efecto, y tal como se indicó, se modifica el Punto 39.1.2.4 del Reglamento (referido a la valuación de Títulos Públicos de Renta Nacionales, Provinciales y Obligaciones Negociables) con el fin de incorporar el mencionado criterio de valuación. La presente establece que las inversiones mantenidas hasta el vencimiento, constituyen activos financieros con fecha de vencimiento cierta, cuyos pagos son de cuantía determinable y que aquella entidad con intención y capacidad efectiva de conservar las inversiones hasta su vencimiento, tendrá la opción de adoptar un criterio de valuación y registración que se adecue a las mencionadas características. Finalmente, cabe señalar que, a efectos de adoptar el referido criterio, las entidades deberán presentar el Acta del Órgano de Administración que refleje dicha decisión en calidad de declaración jurada.