Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación 595/2021

Reglamento General de la Actividad Aseguradora. Modificaciones.
La Superintendenta de Seguros de la Nación resolvió modificar el Reglamento General de la Actividad Aseguradora a fin de introducir los siguientes cambios, entre otros: – Se requerirá autorización previa a todo cambio accionario, aporte a cuenta de suscripción de acciones y a integraciones provenientes de suscripción de acciones resueltas en Asambleas Generales de Accionistas que decidan un aumento de capital, que se opere en aseguradoras y reaseguradoras locales. – Se deberá aclarar la forma de realizar los aportes de capital. – Respecto a la exigencia de presentar las constancias de presentación de las declaraciones juradas de los últimos tres años presentadas a la AFIP por los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y de aquellos que los sustituyan o complementen se deberá precisar la documentación respaldatoria de la operatoria, a los fines de asegurar que la SSN cuente con un mínimo de información que le permita confeccionar un perfil económico, patrimonial y financiero de los aportantes, conforme el carácter de organismo de control exclusivo y excluyente de la actividad aseguradora. – Derogan los Artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución 989/2018 y el Punto 8.3.2 del Reglamento