Resolución de la Secretaría de Comercio Interior. 98/2020

Con el objeto de lograr la efectividad de contención preventiva ante la declaración de emergencia sanitaria en relación con el coronavirus COVID-19, la Secretaria de Comercio Interior dispone las siguientes medidas: Suspensión de plazos. La suspensión, por el período comprendido desde el día 16 al 31 de marzo de 2020 inclusive, de todos los plazos procedimentales y/o procesales en todos los expedientes en trámite. Se dispondrá durante ese periodo de una asistencia y prestación mínima del servicio del personal a sus lugares de trabajo, el cual se limitará únicamente a la atención de aquellos asuntos de urgente despacho. También quedan suspendidas las audiencias en el ámbito de la Dirección de Servicio de Conciliaciones Previas en las Relaciones de Consumo, sin perjuicio de la validez de los actos que se celebren, sean en forma presencial, a distancia o por medios electrónicos durante ese periodo. Mesa de entradas. La Mesa de Entradas de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia será reemplazada -durante el mismo período del 16 al 31 de marzo- por la Mesa General de Entradas, dependiente de la Dirección de Gestión Documental de la Secretaría de Gestión Administrativa.  Finalmente, establece que la Mesa de Entradas de la Dirección de Servicio de Conciliaciones Previas en las Relaciones de Consumo tendrá una guardia mínima de emergencia en el horario de 11 a 15hs, para atender cuestiones de urgencia.