Resolución de la Secretaría de Comercio Interior. 236/2021

 

A los efectos de hacer efectivo el derecho a ser oídos y resguardar las garantías mínimas de procedimiento en instancias administrativas de los adolescentes como consumidores y usuarios de bienes y servicios, la Secretaria de Comercio Interior resuelve que las denuncias o reclamos que presenten por sí las y los adolescentes, entre los trece y diecisiete años, en virtud de sus relaciones de consumo serán atendidos de conformidad con los objetivos y funciones encomendadas a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores. Entre las medidas que establecen, aclaran que en el caso de los reclamos realizados por adolescentes, para la suscripción del Acta bastará con su manifestación de la voluntad tanto para el comienzo, como para la continuación o el cierre del procedimiento conciliatorio.