Resolución de la Secretaría de Comercio Interior. 137/2020

La Secretaría de Comercio Interior establece que las audiencias que se celebren en el ámbito de la Dirección de Servicio de Conciliaciones Previas en las Relaciones de Consumo (COPREC) se realizarán únicamente a través del Sistema de Conciliación por Medios Electrónicos (SICOME).  La presente resolución reglamenta su funcionamiento y entre otras cuestiones, indica que los consumidores deberán realizar el reclamo únicamente a través de este sistema, exclusivamente respecto a los reclamos dirigidos hacia proveedores que: a) hayan suscripto el Convenio de Notificación Electrónica, con anterioridad a la entrada en vigencia de esta medida;b) hubiesen sido debidamente notificados con anterioridad al dictado de esta resolución;c) constituyan domicilio electrónico de forma voluntaria ante el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC);d) sean notificados conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 126/2020. La medida tendrá vigencia durante el período que rija el ailsmiento social, preventivo y obligatorio.