Otras Normas 2/2021

La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas prorroga la fecha de vencimiento de los Documentos Nacionales de Identidad y la credencial virtual de los Documentos Nacionales de Identidad por el término de hasta sesenta días corridos posteriores a la fecha de finalización de los períodos de aislamiento social, preventivo y obligatorio y/o de distanciamiento social, preventivo y obligatorio.  Entre las nuevas disposiciones para el caso de DNI de extranjeros con categoría de ‘residente temporario’, aclara que el plazo de vigencia de dicha documentación se encontrará limitado al plazo de la o las prórrogas del certificado de radicación que disponga la Dirección Nacional de Migraciones.