Decreto 655/2020

El Presidente de la Nación realiza adecuaciones a las condiciones necesarias para el pago del Subsidio de Contención Familiar con el objetivo de acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y necesitados de la sociedad.  Además, el monto de la prestación ascenderá a $15.000. A partir de ahora, serán incluidos familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa del COVID-19 y que al momento de su fallecimiento se encontraban desocupadas; o se desempeñaban en la economía informal; o se encontraban inscriptas en las categorías ‘A’ y ‘B’ del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, sus modificatorias y complementarias; o se encontraban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 26.565; o eran trabajadores y trabajadoras declarados y declaradas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844; o eran titulares de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social; o eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma.