Decreto 58/2019

 
El Ejecutivo Nacional promulga parcialmente el Proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (Ley 27.541), sancionado por el Congreso el 21/12/19. Recordemos que el referido proyecto declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, hasta el 31/12/20.  En ese sentido, el PEN observa en el artículo 52 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.541 la frase que dice  lo siguiente ‘En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras’. Según los considerandos de la norma, esta observación se fundamenta, entre otras cuestiones técnicas en materia de política de hidrocarburos, bajo el siguiente párrafo: ‘que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de sus intereses económicos, los cuales deberán ser protegidos por las autoridades.’