Decreto 557/2023

Nomenclatura Común del Mercosur. Disposiciones.
El poder ejecutivo aprueba la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), ajustada a la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías con su correspondiente Arancel Externo Común (A.E.C.) y Reintegros a la Exportación (R.E.), que como ANEXO I integra el presente decreto.
Las mercaderías comprendidas en la N.C.M. tributarán, en concepto de Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.), las alícuotas detalladas en el mencionado anexo que en cada caso se indican como A.E.C., con las salvedades que se detallan en la presente medida.