Decreto 528/2020

El Poder Ejecutivo amplia por el plazo de 180 días la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto N° 34 de 2019, y en consecuencia en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente. El presente decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 ni al Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran.