Decreto 520/2020

El Poder Ejecutivo Nacional establece la medida de ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio’ en los términos que indica el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto se verifique en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en el presente. La medida de ‘distanciamiento social, preventivo y obligatorio’ regirá desde el día 8 hasta el día 28 de junio de 2020, inclusive. Además, se prorroga, hasta el día 28 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 274/20 sobre la prohibición de Ingreso al Territorio Nacional y la vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio impuesto por el Decreto Nro. 297/20 y sus sucesivas prórrogas 325/20355/20408/20459/20 y 493/20, en cuanto resulten aplicables a lo dispuesto en el presente decreto.