Decreto 433/2023

Acuerdo de Precios. Los sujetos que suscriban acuerdos de precios para el mercado local, podrán gozar hasta el 31 de octubre de 2023, de los siguientes beneficios…
El Ejecutivo Nacional dispuso que quienes suscriban acuerdos de precios para el mercado local con la Secretaria de Comercio, o adecúen aquellos hoy vigentes en los términos que establezca la citada dependencia, podrán gozar hasta el 31 de octubre de 2023, inclusive, de los siguientes beneficios: • La suspensión del pago de cargas que pudieran recaer sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la importación y la reducción al 0 % de la alícuota del derecho de exportación, en ambos casos para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) que establezca el Ministerio de Economía. • La prórroga de los vencimientos para el pago de los adelantos de los impuestos y de las obligaciones de la seguridad social que disponga la AFIP.