Procedimientos Administrativos. Suspéndese el curso de los plazos. |
El Poder Ejecutivo suspende el curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos, y por otros procedimientos especiales, desde el día 26 hasta el día 28 de mayo de 2021 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se exceptúa de la suspensión establecida a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541 y a todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. Por último, faculta a las jurisdicciones, entidades y organismos contemplados en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias a disponer excepciones, en el ámbito de sus competencias. |