Decreto 260/2020

Si bien este Decreto no es de regulación financiera, dados los hechos de público conocimiento y en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, el Presidente de la Nación amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley 27.541 por el plazo de un año. Se adoptan medidas a fin de combatir la pandemia tales como la suspensión temporaria de vuelos internacionales provenientes de zonas afectadas, la obligación de reportar los síntomas compatibles con COVID-19, el aislamiento obligatorio por el término de 14 días (plazo que podrá ser modificado por el Ministerio de Salud) para aquellos casos sospechosos, confirmados o quienes hayan tenido contacto con estos casos y aquellos que arriben de las declaradas zonas afectadas, entre otras.