Comunicado Electrónico del Mercado Abierto Electrónico 10891

El Mercado Abierto Electrónico comunica los procedimientos que deben seguir los agentes a fin de cumplir con lo establecido por la RG CNV 808/2019, que incorporó el art. 14 a las Normas CNV por el cual el organismo regulador bursátil implementó el mecanismo para que los agentes de bolsa controlen que las personas físicas cumplan con el plazo de 5 días exigido para volcar dólares adquiridos en el mercado cambiario a la compra de títulos valores. Así, se dispone que las personas humanas que destinen fondos en dólares provenientes de una operación del Mercado Único y Libre de Cambio (MULC) por un valor de hasta US$ 10.000 y presenten al Agente una DDJJ que manifieste que han transcurrido 5 días hábiles desde su adquisición, a la compra de valores negociables para liquidar en dólares (liquidación local), sólo podrán ser utilizados para operaciones en el plazo de contado 48 horas. Los valores negociables resultantes de dicha compra no podrán ser vendidos contra pesos hasta haber transcurrido 5 días hábiles contados a partir de la acreditación de dichos valores negociables. Se especifica que la DDJJ mencionada también deberá ser presentada por las personas humanas que quieran realizar una compra de valores negociables en dólares por más de US$ 10.000, en cuyo caso deben haber transcurrido al menos 5 días hábiles desde la adquisición de la totalidad del efectivo a utilizar. Este marco normativo no será aplicable a personas jurídicas ni a aquellas personas humanas registradas como comitentes y con tenencia de dólares acreditados en cuentas y con registros en los ALYCs que tengan origen en operaciones de valores negociables o acrecencias y que se destinen a la compra de valores negociables en dólares por más de US$ 10.000.