‘C’ 87083

Se recuerda que existe la posibilidad de que el cliente ordene la suspensión de débitos automáticos o directos tanto en las normas sobre ‘Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales’, ‘Sistema Nacional de Pagos Débitos Directos’, y ‘Reglamentación de la cuenta corriente bancaria’. Como así también, ante una instrucción expresa del cliente, la posibilidad de revertir débitos por el total de cada operación.