‘B’ 11847

A través de la presente, el BCRA solicita a las EF que todo incidente que genere la imposibilidad de brindar servicios a clientes o la interrupción significativa de los mismos; la incapacidad de cumplir con las obligaciones de la entidad en relación con el funcionamiento de los mercados en los que opera o el compromiso de datos de información financiera o de clientes, sea informado -tan pronto sea detectado- a la Gerencia de Auditoria Externa de Sistemas, mediante correo electrónico a audext.sistemas@bcra.gob.ar consignando en el asunto la leyenda ‘Incidente – NNNNN’, donde NNNNN identifica al código de la entidad. Los datos que se deben incluir son fecha y hora de detección del evento, descripción, sistemas y servicios involucrados, canales de atención al cliente afectados y contactos.  Esto es en el marco del ejercicio de la supervisión directa y ante la necesidad de obtener información eficiente y oportuna acerca de los incidentes relacionados con tecnología y/o sistemas de información que pudieran afectar los servicios a los clientes de las entidades financieras.  Cabe destacar que el tratamiento de incidentes de tecnología y sistemas de información, que afecten a la disponibilidad, confidencialidad e integridad, es un proceso integrante de la gestión de tecnología y sistemas de información. Los mismos deberán complementarse con lo requerido actualmente por las normas sobre ‘Requisitos mínimos de gestión, implementación y control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras’.