‘A’ 8278 (Ir al texto de la Norma)

Circular RUNOR 1-1908: Régimen Disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina (Leyes 21.526 y 25.065) y Tramitación de Sumarios Cambiarios (Ley 19.539). Adecuaciones.
El Banco Central sustituye el punto 1.1.1. de la Sección 1., y la Sección 4. del texto ordenado sobre el Régimen Disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina (Leyes 21.526 y 25.065) y Tramitación de Sumarios Cambiarios (Ley 19.359).
Asimismo, incorpora como nueva Sección 10., renumerando las siguientes secciones, el título Acuerdos de cumplimiento normativo voluntario en infracciones financieras (AC), conteniendo entre otras cuestiones lo siguiente:
Con el objetivo de implementar un accionar oportuno y eficaz frente a presuntos incumplimientos en materia financiera, que posibilite economizar y optimizar los recursos de esta Institución y de las entidades y sujetos involucrados en los hechos investigados, la pronta regularización de situaciones anómalas y una reparación rápida y adecuada de los eventuales perjuicios al sistema y otros damnificados, los presuntos responsables podrán adherir a una propuesta del BCRA de Acuerdo de cumplimiento normativo voluntario en infracciones financieras (AC).
Para ello, las áreas preventoras, en los casos que corresponda, deberán incluir en el informe por el cual remitan las actuaciones a la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero una propuesta que explicite las condiciones formales que habilitarían un acuerdo, las acciones correctivas que deberían efectuar los sujetos bajo investigación y los plazos para su cumplimiento, atendiendo lo detallado en la presente.