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Circular CAMEX 1-1037: Exterior y Cambios. Adecuaciones.
El Banco Central incorpora, al texto ordenado sobre Exterior y Cambios, entre las operaciones comprendidas en los puntos 2.5. y 3.6.1. a las emisiones de valores de deuda fiduciaria emitidos por fiduciarios de fidecomisos financieros con oferta pública concretadas en concordancia con las disposiciones de la CNV en la materia, en la medida que se encuentren denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país. La totalidad de los fondos obtenidos deberán ser liquidados en el mercado de cambios como requisito para el posterior acceso a éste a los efectos de atender sus servicios de capital y/o intereses en moneda extranjera en el país.