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Circular REMON 1-1124: Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
El Banco Central modifica las normas sobre Efectivo Mínimo y dispone, con vigencia a partir del 1° de abril de 2025, la reducción a la mitad de los porcentajes de deducción (sobre el total de los conceptos incluidos en pesos) para la disminución de la exigencia de efectivo mínimo en pesos previstos en el punto 1.5.1. (Crédito Mipyme/Crédito Privado). Además, deja sin efecto, con vigencia para las financiaciones acordadas desde el 1° de enero, la deducción de la exigencia de efectivo mínimo prevista en los puntos 1.5.2. (Proyectos de inversión) y 1.5.3. (Clientes no informados en la Central de Deudores del Sistema Financiero). Se aclara que las entidades financieras podrán continuar computando esa disminución de la exigencia por los saldos residuales de las financiaciones comprendidas en los citados puntos, acordadas hasta el 31 de diciembre del corriente.