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Circular LISOL 1-1053: Posición global neta de moneda extranjera. Adecuaciones.
Con vigencia entre el 1 de junio inclusive y el 31 de agosto próximo, el BCRA establece que las entidades financieras deberán computar las operaciones a 1 día de plazo (t+1) para la determinación de la ‘Posición de contado diaria de moneda extranjera’ –prevista en el punto 2.2.2. de las normas sobre ‘Posición global neta de moneda extranjera’–.’