‘A’ 7891

Circular LISOL 1-1029, OPRAC 1-1218: Posición global neta de moneda extranjera. Política de crédito. Adecuaciones.
El Banco Central extiende hasta el 31 de diciembre de este año las disposiciones divulgadas por las comunicaciones ‘A’ 7863 y 7872. Es por ello que, hasta fin de año, las entidades: – No podrán incrementar sin conformidad previa del BCRA, su posición de contado diaria de moneda extranjera prevista por el punto 2.2.2. de las normas sobre ‘Posición global neta de moneda extranjera’ respecto del nivel que registraba la entidad al cierre del día 12 de octubre de 2023. – Podrán cubrir la posición de contado diaria –total o parcialmente–, hasta llegar a cero, con LEDIV y/o títulos públicos nacionales en moneda extranjera o vinculados a la evolución de esa moneda.