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Circular CAMEX 1-966: Exterior y cambios. Adecuaciones.
El Banco Central reemplaza el punto 8.5.18.4. de las normas de ‘Exterior y cambios’, referido a los cobros locales por exportaciones del régimen de ranchos a medios de transporte de bandera extranjera, aclarando que en todos los casos el mes calendario que se imputa deberá corresponder a aquel que corresponde a la fecha de embarque del permiso o ser posterior a éste. Además, incorpora en el punto 8.5.17., referido a las operaciones exceptuadas del SECOEXPO, a las operaciones aduaneras de los subregímenes ‘BARA’ y ‘VMI1’ en el marco de la operatoria de proveedores de combustibles de medios de transporte.