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Circular OPRAC 1-1197, OPASI 2-687: Depósitos e inversiones a plazo. Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME. Tasas de interés en las operaciones de crédito. Adecuaciones.
El BCRA decide, con vigencia a partir del 28.4.23 inclusive, elevar las tasas de las siguientes imposisiones y financiaciones: • Depósitos a plazo fijo de personas humanas: 91% TNA (140,5% de TEA). Cabe destacar que en este caso, además, se triplicó el monto imponible pasando a ser de hasta $30 millones. • Depósitos a plazo fijo no comprendido en el punto anterior: 85,5% TNA (128,5% de TEA). • Depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (‘UVA’): 88.10% TNA. • Financiaciones  de proyectos de inversión (punto 5.1.1 de las normas sobre ‘Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME’): 74,50% nominal anual fija. • Financiaciones de capital de trabajo y especiales (punto 5.1.2): 86.50% nominal anual fija.

Asimismo, se reemplaza, con vigencia a partir del ciclo de facturación correspondiente a junio de 2023, por 88% nominal anual el límite al interés compensatorio para financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito que pueden aplicar las entidades financieras.