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Circular LISOL 1-994, OPRAC 1-1175: Grandes exposiciones al riesgo de crédito. Adecuación.
El BCRA estableció, respecto a los límites previstos en las normas sobre ‘Grandes exposiciones al riesgo de crédito‘, que no estarán alcanzados los saldos de las entidades financieras en cuentas a la vista en bancos del exterior que, con carácter transitorio y circunstancial, se originen exclusivamente por operaciones de cambio de clientes si cumplen las condiciones establecidas en la presente comunicación.